Acuerda al imputado: MARVIN ALEJANDRO VILLARROEL VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, Portador de la Cédula de Identidad Nro V-13.773.655, residenciado en la urbanización fe y alegría, sector Super Bloques, bloque 52, planta baja, apartamento 00-02, de esta ciudad, la medida cautelar sustitutiva de presentarse cada 15 días ante la unidad de alguacilazgo y, la medida de no acercarse al ciudadano: EUDARDO LUIS LUNAR PATIÑO todo de acuerdo con lo establecido en los artículos 256 ordinales 3 y 6 y 313 del COPP. La presente medida tendrá una duración de 6 meses a partir de la presente fecha. Líbrese oficio al comandante de la Policía del Estado Sucre, anexo a boleta de libertad y oficio a la unidad de alguacilazgo. Las partes quedaron notificadas de la presente decisión, en la audiencia oral celebrada el día: 03-08-05.