este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el imputado GREGORIO ROXCINO SALAZAR, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 ultimo aparte del Código Penal, y LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415, concatenado con el 420 numeral 2° del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos FRANCISCO LONGART, (lesionado), MARISOL RODRÍGUEZ, NAIRUSKA DEL VALLE SALAZAR BETANCOURT, SOLIANNY COROMOTO MICER FIGUERA PEDRO ELIAS PÉRERZ BOLÍVAR y ORLANDO DEL VALLE PLÁNEZ VELÁSQUEZ (fallecidos), en consecuencia se TRANSFIERE el régimen de presentaciones periódicas que venía cumpliendo el imputado ante este Circuito Judicial Penal, cada Treinta (30) días el cual deberá continuar cumpliendo ante.....