este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal, desestimándose el pedimento de la defensa privada y en consecuencia, Decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos CARLOS RAMON GONZALEZ, de 38 años de edad, cedula de identidad Nro. V-11.824.660, venezolano, de estado civil soltero, natural de esta ciudad, nacido en fecha 03/04/74, de oficio Colector de Autobús, residenciado en barrio Bolivariano, calle principal, casa 33, cerca de la Licorería, teléfono 0293-451-36-92 de esta ciudad hijo de Antonio Ramón Duarte y Antonio a Josefina González y ROMMELL JESUS PAREJO MIERES, de 30 años de edad, cedula de identidad Nro. V-18.418.320, venezolano, de estado civil soltero, natural de esta ciudad, nacido en fecha 21/09/81, oficio comerciante, residenciado villa Olímpica,.....