"... en consecuencia este DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ORANGEL JOSE BRAVO HERNANDEZ, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, en fecha 07-08-88, de 18 años, soltero, hijo de EUCLIDES JOSE BRAVO ALCALA Y AGUSTINA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.762.326 y residenciado en la Urbanización BRASIL SECTOR 2 VEREDA 94 CASA N° 3 ESTADO SUCRE, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3 y 4 del código orgánico procesal penal consistente en presentaciones periódicas cada 20 días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Prohibición de salida de esta ciudad de cumana sin previa autorización de este Juzgado por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto y sancionados en los artículos 416 del Código penal en perjuicio de YUSMELYS MONASTERIO, se acuerda seguir la presente causa por el procedimiento ordinari.....