ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES para el ciudadano JUAN CARLOS MÁRQUEZ FIGUERA, venezolano, natural del Estado Delta Amacuro, de 25 años de edad, de oficio obrero, nacido en fecha 13-05-1986, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.657.226, hijo de los ciudadanos Yamilet Figuera y Luis Márquez, residenciado en Los Jabillos, Tercera Etapa, Calle Principal, Casa Nº 2-48, Maturín, Estado Monagas, teléfono 0287-721.16.30; conforme a lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la CRBV y 243 del CÓDIGO ÓRGANICO PROCESAL PENAL; y decreta medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad para los ciudadanos RONAL JOSÈ VARGAS VARGAS, venezolano, natural de Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, de 22 años de edad, de oficio barbero, nacido en fecha 15-01-1990, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.719.....