Este Tribunal Primero de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la suspensión condicional del Proceso por el lapso de un (01) año, al ciudadano CARLOS JOSÉ LÓPEZ, venezolano, de 44 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.294.193, natural de los Altos de Santa Fe, nacido en fecha 14/05/1967, profesión u oficio electricista, residenciado en el Sector CANTV, Calle Cuchapal, Casa S/N°, frente a la torre de CANTV, Cumaná, Estado Sucre, por su presunta participación en la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo40 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres a una Vida Libre De Violencia, en perjuicio de la ciudadana MERCEDES MARIA CHACON, y se le impone como condiciones, las siguientes: 1.- No reincidir en actos similares que dieron origen a la presente, por si solo ni por medio de terceros 2.- Presentarse por ante el Delegado de Prueba que designe l.....