D E C I S I ÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados ROMULO URBANO LUIGGI, MANUEL MILANO Y LUIS CIPRIANO CARREÑO, actuando con el carácter de Defensores Privados, contra la decisión dictada en fecha 24 de diciembre de 2007, por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual acordó MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, contra los imputados MARLON ZORRILLA, JUNIOR MORALES, JASMIL VILLARROEL, JULIO CARRERA, PEDRO DIAZ HERNANDEZ, HARDY SAMUEL MARCANO, JOSE LUIS PEREZ, WILMER ALEJANDRO GOMEZ, IRWIN JOSÉ TOVAR, FRANK MISAEL AVILA, BLANDON BOATSWAIN Y FRANCISCO JOSÉ LEZAMA, en el asunto que se le sigue por.....