Vista la diligencia de fecha 29 de Octubre del 2.009, suscrita por la parte demandante ciudadana RITA MERCEDES SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.422.730, domiciliada en Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, asistida por el Abogado en ejercicio ENRIQUE FRANCESCHI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.353, y suscrita por el Abogado en ejercicio, LUIS BELTRÁN GONZALEZ VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.143, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Empresa “FARMACIA SAN MIGUEL”, Inscrita por ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre bajo el N° 616,tomo 32, Alcance 3°, del año 1.982, en la cual de mutuo y común acuerdo desisten del presente juicio, y visto igualmente su contenido, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos, por lo que éste Juzgado de Primera Inst.....