Este Juzgado Segundo de Control del primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el acuerdo reparatorio en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 numeral 1 del COPP, en relación con el primer y segundo aparte de la norma in comento y como actos subsiguientes, decreta la extinción de la acción penal en contra del acusado ANTONIO JOSÉ MONSERRAT GÓMEZ, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 5.704.212, residenciado en Barrio Malariología, Sector Brisas del paraíso, calle 2, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre; natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 14-10-62, de profesión u oficio comerciante, casado; por la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Piezas Sustraídas de Vehículos y Aprovechamiento de Vehículos Provenientes del Robo, previstos en los artículos 3 y 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo .....