Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE al penado Carlos Geraldo Sánchez Guerra, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.239.719, actualmente recluido en el Internado Judicial de la ciudad de Carúpano, Estado Sucre, condenado por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luis Guaiquirian y otros, la CONMUTACION del resto de la pena de prisión que le resta por cumplir mas el incremento de su tercera parte (1/3), cual es un lapso de tiempo total de CINCO (05) MESES, VEINTICUATRO (24) DIAS Y DIECISIES (16) HORAS, en CONFINAMIENTO, en l.....