En consecuencia y visto que la opinión del equipo multidisciplinario es vinculante para el juez a la hora de otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, fundamentándose en lo previsto en el artículo 471 numeral 1° en relación con los artículos 498 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, al Penado JUAN CARLOS RODRÍGUEZ AGREDA, de nacionalidad venezolana, natural de Carúpano, mayor de edad, fecha de nacimiento 03-06-1988, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.189.033, de profesión u oficio albañil, hijo de Xiomara de Rodríguez y Juan Antonio Rodríguez, residenciado en el Barrio La Gloria de Río Caribe, sector Las Casitas, cerca de la bodega l.....