es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara cumplida y por consecuencia extinguida la pena corporal del penado: PEDRO FRANCISCO SUAREZ MUÑOZ Venezolano, de 50 años de edad, soltero, de oficio carpintero, nacido en fecha: 10-01-54, natural de Cumaná, residenciado en La Calle Las Delicias, casa No-40, Parroquia Altagracia, Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-8.428.918 ; que le fuera impuesto por el Juzgado Segundo de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre.
Se ordena remitir las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 496, 498 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público, a la Defensa Pública Penal, .....