Este Tribunal Segundo de Juicio constituido con Escabinos del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE, al ciudadano CESAR AUGUSTO VILLARROEL JIMENEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 17.624.917, nacido en fecha 29-05-1985, de profesión u oficio obrero, residenciado en Final de la Calle Carabobo, detrás de los Bloques de El Mangle, Casa N° 10-A, Carúpano, Estado Sucre, hijo de César Villarroel y Moraima Josefina de Villarroel, de los delitos de HURTO CALIFICADO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 455, 216, ordinal 1° y 278, respectivamente, todos del Código Penal, en perjuicio de EUCLIDES JOSE GONZALEZ COVA, imputados por la Representación Fiscal en su acusación. La presente es dictada de conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal.....