Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Régimen de Convivencia Familiar, presentada por la ciudadana LOLIMAR ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 11.829.764, contra que el ciudadano NESTOR RAFAEL HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 3.606.318, en consecuencia con fundamento en el articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, considerando inherente al interés superior de las hijas asegurar el adecuado desarrollo integral de esta, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, que envuelven el tener contacto directo y personal con su padre, tal como lo establece en el articulo 8 parágrafo primero literales “D” y “E” de la precitada Ley.