En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior de los niños anteriormente identificados, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la MODIFICACION DE CUSTODIA, presentado por el ciudadano GREGORY JOSE BETANCOURT SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 15.936.563, domiciliado en los chaimas, bloque 03-B, planta baja B, Cumana, Estado Sucre en contra de la ciudadana ANABEL JOSE ROMERO ROMERO, titular de la cedula de identidad n°: 17.538.999