Este tribunal Quinto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, ENTREGAR EL VEHÍCULO, Marca: Ford, Modelo F-150XLT auto F-150, Año 2007, Clase Camioneta, Tipo Pick ¿up, Color Plata, Uso carga, Serial del Motor: 7KC90125, Serial de carrocería :1FTRF04567KC90125, Placa 62VAZ;, al Ciudadano ANÍBAL JOSÉ CEDEÑO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la CI: 13.295.820, con domicilio en: Londres de Playa Grande, calle Principal, Sector Londres Arriba casa N° 09, Frente al Bar los Almendrones, Playa Grande Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Bajo Guarda y Custodia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor. Se Libro oficio acordando la entrega del mencionado vehiculo, al encargado del Estacionamiento Franmil Guiria Estado Sucre. Remítase el a.....