DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTA, al imputado Nelson Luis Amundarain Cedeño, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.908.615, hijo de Gregorio Amundarin y Middalia Cedeño, Residenciado en la Florida, casa sin numero, uno sector, cerca de la cancha, Guiria, Municipio Valdez, Oficio: Obrero, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3° Del Código Penal, en perjuicio de Edita Cedeño Quijada, quien deberá cumplir con un régimen de presentaciones cada ocho (08) días por el lapso de seis (6) meses, contados a partir de la presente fecha, por ante la Comandancia de Policía de Guiria, Municipio Valdez, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.