Por lo anteriormente expuesto y previo análisis de la presente causa; prescindiendo así para ello de la realización de la audiencia a que se contrae el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra el ciudadano LUIS GERMAN RODRIGUEZ MOYA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del adolescente (identidad omitida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNA), toda vez que el hecho no puede atribuirse al imputado, ya que el mismo se hace atípico, debido a que se origina, en virtud que el adolescente, luego de cruzar la vía nacional, donde no hay señales para cruce de peatones, se devolvió de la mitad de la vía a agarrar la.....