DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano EDUARDO JOSÉ GONZALEZ, natural de Río caribe del Estado Sucre, fecha de nacimiento: 08-09-1961, soltero, de ocupación comerciante, Titular de la Cédula de identidad V-6.954.774, residenciado en Via principal de Chacaracual, calle el Cementerio, 2da calle a la izquierda, frente al cementerio, Municipio Arismendi, Estado Sucre, Telf.: 0426-9800345 – 0414-9059603, por la comisión del delito de MANEJO INDEBIDO DE SUSTANCIAS Y MATERIALES PELIGROSOS, previsto y sancionado en el artículo.....