DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida Verónica del Valle Campos Rivero, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de la Cedula de Identidad Nº 12.530.523, residenciado en el sector Guayacán de la Flores, calle 2, vereda 53, casa Nº 2, Municipio Bermúdez, Carúpano Estado Sucre, por la presunta comisión del delito Electoral, previsto y sancionado en el artículo 258, ordinal 4° de la Ley Orgánica del Sufragio y participación Política, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad a lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° en relación con el artículo 320 Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a Verónica del Valle Campos Rivero, venezolana, mayor de edad, tit.....