Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLES a los acusados ciudadanos JAVIER LORENZO CASTRO, venezolano, de 35 años de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad N° 13.360.516, de ocupación taxista, residenciado en la Urbanización Bolivariano, Calle Nueva, Casa S/N° de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, cerca del Transporte Sánchez, de la comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL FRUSTRADO EN GRADO DE AUTORIA y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405 en relación con el artículo 80 y 277 todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EUTIMIO RAFAEL CALVO y del ESTADO VENEZOLANO; JESÚS DEL CARMEN CASTRO, venezolano, de 32 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 13.360.515, de ocupación comerciante, residenciado en C.....