ACUERDA la prórroga solicitada por el Ministerio Público, por un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del Trece (13) de Mayo del año en curso, la cual vencerá el día Veintiocho (28) de Mayo del año en curso, ello a los efectos de que presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa seguida a los imputados ALEXANDER JOSÉ PÉREZ, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.716.603, nacido en fecha 02-09-1989, de 19 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de: Santa Pérez y padre desconocido, y residenciado en: la Población de Yoco, Guiria, cerca de la Plaza y del mercal, casa S/N, Municipio Valdez del Estado Sucre; EDWAR JOSÉ URBANEJA GARCÍA, Venezolano, de estado civil soltero, indocumentado, nacido en fecha 21-12-1989, de 19 años de edad, de profesión u oficio agricultura, hijo de: Alejandrina García y Luís Urbaneja, y residenciado en: cerro Sacamanteca, hacía arriba de Yoco para el cerro, casa s/n, Municipio Valde.....