D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la abogada LOVELIA MARCANO MUNÓZ, Fiscal Primero del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, publicada en fecha 04 de Octubre de 2004, mediante la cual ABSOLVIÓ a los acusados JOSÉ RAFAEL EJEDES BERMÚDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.440.531 por la comisión de los delitos de Hurto Calificado, Robo Agravado y Lesiones Personales Graves, previstos y sancionados en los artículos 455 ordinal 3° y 5°, 460 y 417 del Código Penal y al acusado LUIS ALBERTO VELASQUEZ VE.....