Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ELIZABETH T. BETANCOURT PEÑA, en su carácter de Defensora Pública Primera en Penal Ordinario del imputado VICTOR LUÍS ROMERO GUTIÉRREZ, SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ELIZABETH T. BETANCOURT PEÑA, en su carácter de Defensora Pública Primera en Penal Ordinario del imputado VICTOR LUÍS ROMERO GUTIÉRREZ, Contra decisión dictada por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha13-01-2013,mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano antes mencionado por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el .....