éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Se declara la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, a favor del ciudadano CARLOS EDUARDO ESPAÑOL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.956.351, de 24 años de edad, soltero, estudiante, hijo de Ramona Español, residenciado en la Población de Casanay, Estado Sucre, incurso en la comisión de los delitos de Ultraje a Personas Investidas de Autoridad Pública y Lesiones Leves, previsto y sancionado en el artículo en los artículos 222 ordinales 1 y 2, articulo 223 y 416 del Código Penal, en perjuicio de José Guevara y El Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48 numeral 7; y 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal.