Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado JAIRO JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolano, de estado civil soltero, nacido en fecha 16/11/1972, de treinta y siete (37) años de edad, de oficio Albañil, titular de la cédula de identidad Nº 12.276.814, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 2, vereda 90, casa N° 12, Cumaná, Estado Sucre; indíquese igualmente que se encuentra recluido en la sede del Internado Judicial de esta Ciudad de esta ciudad, igualmente líbrese copia de la sentencia y del auto de ejecución y envíese al director del Internado Judicial.