Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR los Recursos de Apelación interpuestos por el Abogado MANUEL CANO PÉREZ, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencia del Estado Sucre, contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 12-01-2012, mediante la cual CONCEDIÓ LA FÓRMULA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LA PENA "RÉGIMEN ABIERTO" a los penados WILLIAN JOSÉ RUIZ BALDAN y ABRAHAN RAMÓN MÁRQUEZ LANZA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO en perjuicio de los ciudadanos ELIANCARLOS JOSÉ MAESTRE REYES y ROSIBEL CAROLINA JIMÉNEZ GAMBOA. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.