Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de REVISION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, solicitada por el ciudadano ERNESTO AQUILES BARRETO, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.113.858, contra la ciudadana ROSA ANGELICA MATA JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.630.075. En los siguientes términos:
PRIMERO: El Progenitor compartirá con su hija: Los días martes y jueves desde las 4: 00p.m hasta las 7:00pm, los días domingos de 9:00am a 6:00pm, la niña no pernoctara con el padre. Y ASI SE ESTABLECE.-
SEGUNDO: Día del padre, con el padre, compartirá con su hija desde las 4:00pm hasta las 7:00pm-. Y ASI SE ESTABLECE.-
TERCERO: Carnaval, Semana Santa y Vacaciones escolares por mitad.- Y ASI SE ESTABLECE.-
CUARTO: En el mes de Diciembre compartirá con su papá los días 24 y 25 de diciembre, y.....