ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el presente asunto seguido al ciudadano LUIS JOSE SUNIAGA BRITO, natural de Carúpano, Estado Sucre, titular de La Cédula de Identidad Número V- 28.201.209, de 18 años de edad, nacido en fecha 22/01/1997, soltero, albañil, hijo de Ismer Suniaga y Delida Brito y residenciado en la Segunda Calle de Charallave, casa S/N, al lado del platanal de Bartolo, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 1º del Código Penal en perjuicio de CARLOS JOSÉ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. Se ratifica la Privación Judicial de Libertad que recae en contra del ciudadano LUIS JOSE SUNIAGA BRITO, por considerar quien como Juez decide, que no han variado las circunstancias que motivaron la medida de coerción personal, decretada por este Tribunal. Se decreta sin lugar la solicitud de desestimación de la acusación solicitada por la defensa pública por cuanto las mismas cum.....