este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra del ciudadano YOAN MANUEL RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.268.162, de 36 años de edad, natural de Cumaná, fecha de nacimiento 30-09-74, hijo de Eutimio Gómez y María Ramírez, de oficio chef de cocina, soltero, residenciado en Brasil, sector 2, casa S/N°, frente a la Farmacia "Divino Niño", Cumaná, Estado Sucre; por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas; consistente en presentaciones cada 20 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, conforme al numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.