este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: GABRIEL JOSE MARTINEZ GONZALEZ Y DAYANA DEL VALLE GARCIA MORAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.816.967 Y 16.558.016, respectivamente, casados, cónyuges entre sí, y domiciliados en esta ciudad respectivamente, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 146 del veinticinco (25) de Junio del año dos mil tres (2003), por ante la Prefectura del la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, por lo que, una vez ejecutoriada la sentencia dictada, se acuerda.....