Este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: REVOCA LA MEDIDA DE SEMI LIBERTAD, establecida en el articulo 620 Literal "E", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, que pesaba contra el ciudadano "OMISIS", por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, en perjuicio de LUCELIS VERÓNICA FARIAS y el ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 647 Literal "A", 644 parte final, 628 Parágrafo Segundo, Literal "C"; todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
SEGUNDO: DECRETA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD contra el Sancionado "OMISIS", anteriormente identificado, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 628 Parágr.....