Admite totalmente la acusación fiscal en contra de la empresa BYO INGENIERÍA C. A., inscrita en el Registro de Comercio bajo el Tomo 3-A, tomo 36 del Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, representada en este acto por el ciudadano ORLANDO JESÚS DE GREGORI ASTUDILLO, venezolano, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.597.537, domiciliado en la calle 19 sur, cruce con carrera 6, Urbanización Gira Luna, Casa B-3, El Tigre, Estado Anzoátegui; Presidente de la empresa según consta en copia simple del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Empresa, cursante en la presente causa, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE INADECUADO DE MATERIALES PELIGROSOS, previsto y sancionado en el artículo 83 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos, ejecutado de manera culposa, conforme a las disposiciones del artículo 9 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; y se decr.....