Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, A FAVOR DEL IMPUTADO ciudadano JOSE GREGORIO VARGAS ROJAS, Venezolano, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.954.988, soltero, hijo de Margarita Rojas y de Jesús Vargas (f), fecha de nacimiento 19-02-1968, de sin oficio, residenciado en el peñón, calle principal, frente al bar las Mercerdes, casa Sin numero Parroquia Valentín Valiente, en la causa que se le iniciara por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; conforme a lo previsto en los artículos 44 y 49 de la CRBV. Se acuerda la libertad del imputado de autos, desde la Sala de audiencia.....