Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numerales 3, 4 y 6, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado Carlos Eduardo Rojas De La Cruz, venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.979.129, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 03-09-1988, domiciliado en la Llanada, sector 3, vereda 17, casa numero 11, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de Eustaquio Rafael Vicente; consistente dicha medida en un régimen de presentaciones cada ocho (08) días por el lapso de seis (06) meses por ante la Unidad de Algua.....