CONFIRMA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del ciudadano: JOSE RIGOBERTO VEGA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.952.642, de estado civil Casado, nacido en fecha 04-07-1960, de 51 años de edad, profesión u oficio Albañil, hijo de José Gutiérrez (D) y Petra Vegas (D), y residenciado en: Playa Grande Urbanización Virgen del Valle, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 3°, 5° y 6° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. En tal sentido el ciudadano JOSE RIGOBERTO VEGA, quedará sujeto a las siguientes medidas: PRIMERO: La salida del ciudadano JOSE RIGOBERTO VEGA, de la residencia en común; SEGUNDO: La prohibición al ciudadano JOSE RIGOBERTO VEGA, acercarse al lugar de trabajo o estudio y residencia de la víctima, y TERCERO: La prohibición al imputado: JOSE RIGOBERTO VEGA, realizar actos de persecución, intimidaci.....