Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor Lisandro José Pigus Piñango, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 10/03/1987, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 19.700.596, de profesión Obrero, Hijo de Marelis Victoria Pigus Piñango y Hernán Acosta, residenciado en la tubería, calle principal, casa sin numero, cerca del taller de latonería Los pacos, Municipio Valdez, Estado Sucre; fue condenado a cumplir la pena de Tres ,(3), años y Ocho,(8), meses de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de Desvalijamiento de Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano Freddy Hurtado González y Agavillamiento, previsto y sancionado en el artículo.....