este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA la competencia del presente asunto en el Tribunal Primero de Primera Instancia fase de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, por cuanto es dicho Juzgado que conoce de otro proceso que se le sigue al penado JORGE LUÍS COVA, venezolano, de 45 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.339.184, de estado civil casado, natural de Caracas, nacido en fecha 22-01-1966, de profesión comerciante, residenciado en el Boyacá 3, Sector 1, calle 4, vereda 14 casa Nº 20, Barcelona Estado Anzoátegui, de pena mayor y por un delito más grave, a saber, el tipo penal de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO FRUSTRADO; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 73, 77 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.