el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por los delitos de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSAS DEL TIPO PENAL BÁSICO, previstos y sancionados en los artículos 409 y 420 del Código Penal, donde aparecen como imputados los ciudadanos LUIS OMAR TOVAR CABALLERO, titular de la cédula de identidad N° 12.272.765, con domicilio en la urbanización Villa Cariño, Manzana E, casa N° 4, Cumaná, Estado Sucre, y JUAN FRANCISCO RIVAS VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.733.284, con domicilio en la urbanización Santa Eduviges, calle principal, casa N° 98, Cumaná, Estado Sucre; en perjuicio de los ciudadanos LUIS JAVIER VALLENILLA (OCCISO), titular de la cédula de identidad N° 17.673.037, con domicilio en la U.....