Con relación a la promoción realizada en el Capitulo II, del escrito probatorio, referida a la prueba testimonial de los ciudadanos Darío Baptista, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.047.240, Mervis José Fermín, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.508.646, domiciliado en la calle principal del cementerio s/n, Municipio Valdez del estado Sucre; Expedito Cedeño González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.039.176, domiciliado en la calle el cementerio s/n, Municipio Valdez del estado Sucre, Cruz Marcelino Bolaño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.040.847, domiciliado en la Sabana, Municipio Valdez del estado Sucre y Luis Rafael Bislip Colombani, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.508.042, domiciliado en Guiria, casa s/n, Municipio Valdez del estado Sucre, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciaci.....