DE L AS DOCUMENTALES O INSTRUMENTALES
En relación con las documentales promovidas en los numerales 1, 2 - 2.1 folio 39 del expediente administrativo, 2.2-, 3, -3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.6, 3.7, 3.8, 3.9, 3.10, y 3.11-, 4, -4.1-, y 5, del escrito in comento, este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes; ahora bien, siendo que las referidas documentales se encuentra inserta en el expediente, manténgase en el expediente. Así se decide.