Homologa el Acuerdo Reparatorio celebrado entre el Imputado Francisco José Acosta, venezolano, natural de Carúpano donde nació en fecha 30-10-78, hijo de Rafael Acosta y de Carmen Medina, de profesión u oficio Maestro de Obras de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.407.203, residenciado en Charallave, Cuarta Vereda, Vía los Almendrones, Sector Punta Brava cerca del Aljibe Carúpano, Estado Sucre y la víctima YELITZA DEL CARMEN LONGART GARCIA, de 26 años de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, de profesión u oficio Obrera, portadora de la cédula de identidad Nº V- 14.064.757, natural de Carúpano donde nació el 26-02-79, residenciada en la Calle Batalla de Ayacucho, casa Nº 266, Canchunchú Viejo, Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal.- Asimismo se DECRETA la Extinción de la Acción Penal, conforme a lo previsto e.....