En consecuencia, por los motivos antes expuestos, y en atención y cumplimiento de las normas señaladas y transcritas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando transitoriamente como Corte de Apelaciones en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: LA NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 02 de diciembre de 2020 y las actuaciones posteriores dictadas por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en la demanda que por Divorcio, incoara el ciudadano DALIS SIMEÓN MATA BRITO, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 9.940.040, asistido por la abogada Luz Marina Figuera Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 167.074, co.....