Sobre la base de las consideraciones que preceden, el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA POR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS regulado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al acusado MARCOS FERNANDO BARRETO PETANO, de nacionalidad colombiana, de 29 años de edad, cédula de identidad E- 92.537.735, obrero, hijo de Marcos Barreto y Yanett Petano, nacido en fecha 07-07-80, natural de Sincelejo, Departamento de Sucre, Colombia, residenciado en Cariaco, el Barrio 22 de octubre, Calle el Paraíso, Casa S/N°, frente a la plaza bolívar, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, por los delitos de USO DE DOCUMENTO FALSO Y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previstos y sancionados en los artículos 45 de la Ley Orgánica de Identificación y en el encabezamiento del artículo 320 del Código Penal, respectivamente, en p.....