este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme al artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal Reformado, DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, al imputado EDUARDO JESUS ZERPA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 21.391.918, nacido en fecha 10-05-1992, de 19 años de edad, soltero, profesión u oficio, Ayudante de Albañilería, hijo de Oswalda Zerpa y Raúl José Astudillo, residenciado en el Sector Playa Colorada, Sector Vista el Mar, cerca de la Licorería Luís, casa de color Azul, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre del Estado Sucre, presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 42 concatenado con el articulo 65, numeral 3 de la Ley Sobre del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ROSA.....