DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA AL IMPUTADO RONALD JOSÉ BARCENAS MILLÁN, venezolano, natural de Carúpano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 15.788.128, de profesión u oficio: obrero, nacido en fecha 24-09-1981, de 30 años de edad, hijo de Ronald Barcena y Cruz Millán, domiciliado en el Barrio la Lagunita, Calle Los Mangos, Casa S/N, cerca de la bodega de la señora Mary Carmen, San Martín, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de en dos (02) años y ocho (08) meses de prisión, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado venezolano. En consecuencia se impone las accesorias de ley previstas en el artículo 16 Código Penal. Que.....