por todos los razonamientos antes expuestos; SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el articulo 256 ordinal 3, específicamente las presentaciones periódicas cada quince (15) días ante la Unidad de Alguacilazgo, a los ciudadanos ENZO WUILLIAN DIAZ RIVAS, venezolano, de 38 años de edad, cédula de identidad N° 18.777.794, estado civil soltero, natural de Cumana, nacido en fecha 19-03-74, hijo de Carmen Luisa Cabello y Enrique Díaz, de oficio lavador de carro, residenciado en la calle el Progreso de la Avenida Principal de Bolivariano, cerca de la plaza, casa N° 06 con porcelana marrón, Cumaná del Estado Sucre y JOSE LUIS DIAZ MENDOZA, venezolano, de 34 años de edad, cédula de identidad N° 15.111.363, estado civil soltero, natural de Cumana, nacido en fecha 11-04-77, hijo de Bianellys Mendoza Díaz y José Luis Díaz, de oficio obrero, residenciado en la calle Principal del barrio Bolívar de bolivariano, casa N° 167 marrón de rejas ne.....