Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado José Francisco Sifontes Sifontes, venezolano, natural de Guiria, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.090.397, de profesión u oficio Conductor, de 31 años de edad, nacido en fecha 13-11-1978, teléfono N° 0424-8288221, y domiciliado en el Barrio Vistamar, Casa S/N, queda cerca la playa, en la entrada de PDVSA, en una casa de dos plantas, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículos Provenientes de Hurto o Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de El Estado Venezo.....