Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 497 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara cumplida la condena y por consecuencia, extinta la responsabilidad penal del ciudadano JOSÉ RAFAEL MORENO ESPINOZA, venezolano, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de oficio chofer, nacido en fecha 15-11-1.981, titular de la cédula de identidad Nº V-15.740.650, residenciado en: la Urbanización Brasil, Sector 01, Calle 06, Casa Nº 03 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, la cual le fuera impuesta por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha 12 de Abril del año 2010, por considerarlo culpable de la comisión del delito de OCULTAMIE.....