Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de REVISION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, solicitada por la ciudadana NORKA DEL VALLE SALAZAR VERDE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.218.386, contra el ciudadano ALVARO LUÍS ESPINÓZA LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.331.975. En los siguientes términos:
PRIMERO: El Progenitor compartirá con su hijo, los fines de semana de manera alternada, lo buscará los días viernes a las 01:00 P.M. y la regresará al hogar materno los días domingo a las 06:00 P.M. de manera alternada. Y ASI SE ESTABLECE.-
SEGUNDO: Carnaval, Semana Santa y vacaciones Escolares, será de manera compartida-. Y ASI SE ESTABLECE.-
TERCERO: En el mes de Diciembre los días 24 y 25 de Diciembre con el papá y 31 de Dic.....